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Boletín “IGUALDAD EN LA EMPRESA” nº 60

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             La decisión de implantar el teletrabajo como medida organizativa durante el estado de

                                                               CO COVID-19
             alarma en algunas ocasiones se contempla como una medida de carácter temporal, de
             acuerdo  con  las  circunstancias  actuales,  rev  isable  y  adaptable  cuando  las  mismas

                                                            cambien,  que  se  adecúe  a  la  legislación
                                                            laboral y al convenio colectivo aplicable, que
                                                            no  suponga  una  reducción  de  derechos  en

                                                            materia  de  seguridad  y  de  salud,  ni  una
                                                            merma de derechos profesionales y que, en

                                                            caso de prever el uso de medios tecnológicos
                                                            por parte de las personas trabajadoras, esto
             no suponga un coste alguno para ellas . El teletrabajo, por tanto, es una realidad que
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             progresivamente se está materializando en las empresas como una opción que, además

             de prevenir el contagio y la expansión del coronavirus, permite favorecer la conciliación y
             la corresponsabilidad. La situación actual, que ha obligado al confinamiento, constituye

             un momento crucial para que las organizaciones se planteen o replanteen el teletrabajo
             no solo como una opción circunstancial sino como una medida que puede ser aplicada en
             la actividad habitual de la empresa. Por ello, es crucial que las organizaciones evalúen las

             condiciones en que se desarrolla y el impacto que tiene su implantación tanto en mujeres
             como en hombres en las diferentes áreas de actividad, grupos y niveles profesionales
             ahora y en el futuro próximo.




                     Desarrollar medidas de corresponsabilidad

             Fomentar el uso igualitario de las medidas de conciliación por parte de las trabajadoras y
             los trabajadores contribuye a facilitar que no sean las mujeres quienes, como constatan

             multitud  de  estadísticas,  se  vean  obligadas  a  reducir  su  jornada  laboral  y  coger
             excedencias  por  cuidado  de  menores  o  personas  dependientes,  con  la  reducción  de
             ingresos que ello supone, además de implicar una mayor inestabilidad laboral y mayores

             dificultades  en  el  acceso  a  puestos  de  mayor  responsabilidad.  En  este  sentido,  las
             empresas adquieren un papel relevante para que, en el contexto actual y en un futuro,

             acogerse  a  medidas  de  corresponsabilidad  no  produzca  un  impacto  negativo  en  las
             trabajadoras, con el impulso de un cambio en su cultura empresarial orientado hacia una
             conciliación corresponsable. La difusión e información a la plantilla sobre la aplicación de





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                Ministerio de Trabajo y Economía Social. Guía para la actuación laboral en relación al nuevo coronavirus
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