Page 17 - ESTATUTOS
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ASOCIACIÓN-i"ª~
CENTRO TRAMA'' n
c) Cuidar de que los libros y documentos oficiales de la Asociación, así
como las actas y sus certificaciones estén conformes a Derecho y
adecuadamente conservados y custodiados.
d) Tendrá a su cargo la dirección de los trabajadores puramente
administrativos de la asociación, Responsabilidad que podrá delegar
en el presidente o en cualquier otro miembro de la Junta Directiva.
En caso de ausencia o enfermedad del Secretario éste será sustituido por
el miembro de la Junta Directiva de menor edad que no sea el Presidente.
Artículo 29.- EL TESORERO
Serán funciones del Tesorero.
a) Supervisar la contabilidad de la Asociación.
b) Recaudará y custodiará los fondos pertenecientes a la Asociación
y dará cumplimiento a las órdenes de pago que expida el
Presidente.
Artículo 30.- COMPATIBILIDAD
Todos los cargos de los órganos de gobierno tanto de las Secciones como
de la Junta Directiva serán compatibles con la realización de servicios diferentes
a las funciones que les corresponden como miembros del órgano de
representación.
TITULO IV
DEL DESARROLLO DE LAS ACTIVIDADES PARA EL LOGRO DE LOS FINES
Artículo 31.- EL GERENTE/DIRECTOR
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·. · ·.. : · .l.~ Junta Directiva podrá encomendar a uno de sus miembros o a otras
.::·.:··pe;soñá~.·:ílue por sus conocimientos y sus aptitudes resulten idóneas, el
: desempeno: del cargo de Gerente/Director con el encargo de la coordinación
~:::: general d~.~!~ acciones, actividades y programas de la Asociación.
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