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Articulado




            previa audiencia de las partes, podrá restringir la presencia de
                                                                        V. ratificación de convenios Europeos
            los medios de comunicación audiovisuales en las secciones de
            juicio y prohibir que se graben todas o algunas de las audiencias
            cuando resulte imprescindible para preservar el orden de las se-  En Noviembre de 2014 se ha ratificado el Convenio Europeo
            siones y los derechos fundamentales de las partes y de los demás   sobre el Ejercicio de los Derechos de los Niños. Que afecta a los
            intervinientes, especialmente el derecho a la intimidad de las   procesos juveniles en nuestro país como señala su artículo 2.d.
            víctimas, el respeto debido a la misma o a su familia, o la nece-  señala: El presente convenio se entenderá como información
            sidad de evitar a las víctimas perjuicios relevantes que, de otro   pertinente, la información apropiada, habida cuenta de la edad y
            modo, podrían derivar del desarrollo ordinario del proceso.”  del discernimiento del niño, que se le facilitará con el fin de permi-
                                                                tirle ejercer plenamente sus derechos, a menos que la comunicación
          f) Experiencias                                       de dicha información redunde en perjuicio de su bienestar.

          Las salas de justicia amigable.
                                                                       VI. Legislación de derechos de la Infancia
                                                                                y de Justicia amigable
          Estas experiencias propugnan la creación de unos espacios
          ubicados  dentro de los juzgados donde se desarrolla, bajo su-
          pervisión psicológica, la exploración de los menores víctimas   – Convención de los derechos del niño (ONU, 28 de noviembre
          de abusos y su declaración judicial en un entorno amigable.  de 1989).


          La realización, a través de un sistema de video, permite mante-  – Reglas mínimas de las Naciones Unidas para la administración
          ner la comunicación con el tribunal e incorporar el testimonio   de la justicia de menores (Resolución 2200 A, de 1085).
          del menor al procedimiento, evitando otras comunicaciones
          directas y reiteradas, evitando a los menores la presencia de   – Ley orgánica 5/2000, reguladora de la responsabilidad penal de
          sus agresores durante el juicio. Esta idea ya está regulada en   los menores. (2000).
          el Proyecto de Ley Orgánica del Estatuto de las Víctimas del
          Delito, que va más allá de una mera adecuación de la directiva   – Constitución española. (29 de diciembre de 1978).
          europea, ya que servirá de catálogo general de los derechos de
          las víctimas en el proceso judicial y en las situaciones derivadas   – Ley Orgánica 1/96, de protección jurídica del menor, de modifi-
          de este.                                                 cación del código civil y de la ley de enjuiciamiento civil. 15 de
                                                                   enero de 1996).
          Con esta perspectiva, pero sin dependencia directa de la ad-
          ministración se ha desarrollado en nuestro país una experien-  – Guía del comité de ministros del Consejo de Europa referente a la
          cia dirigida por la organización no gubernamental ADIMA   justicia amigable para los niños. (Noviembre de 2010).
          (Asociación para la defensa de la infancia y la prevención del
          maltrato a la infancia) llamada Acondicionamiento de sala de de-  – Directrices del comité de ministros del Consejo de Europa para
          claraciones para menores, que pretende mejorar la calidad de los   una justicia amigable en la infancia. (2010).
          recursos y dispositivos de atención a la infancia. El programa
          aborda cuestiones de intervención clásica, así como de mo-  – Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo. 2011/36/UE.
          dificación de los procedimientos y atribuye al espacio donde   (25 de abril de 2011).
          se producen los acontecimientos funciones importantes en la
          consecución de los objetivos. De hecho, las oficinas donde se   – Directiva de víctimas del Parlamento Europeo y del Consejo de
          desarrolla el programa se encuentran alejadas de los juzgados.  Europa. 2012/29/UE. (25 de octubre de 2012).

          La experiencia funciona desde septiembre de 1997 y disponen   – Ley Orgánica del Poder Judicial. (2014).
          de un equipo de psicólogos en todos los centros. Su objetivo
          es la prevención de las posibles estigmatizaciones que le puede   – Ley de Enjuiciamiento Criminal. (2014).
          ocasionar la comparecencia al menor ante los juicios cuando
          ha sido sometido a abuso sexual.                      – Proyecto de Ley del Estatuto de la Víctima. (2014).

          (En este número de la revista y en otro artículo se desgranan   – Proyecto de Ley de Protección a la infancia. (Abril, 2015).
          los procedimientos del proyecto)
                                                                – Proyecto de Ley Orgánica complementaria de la Ley de Protec-
                                                                   ción a la infancia. (Abril, 2015).


                                                                – Ratificación del Convenio Europeo sobre el Ejercicio de los De-
                                                                   rechos de los Niños (Hecho en Estrasburgo en 1996 y ratifi-
                                                                   cado por España en noviembre de 2014).






          14 Infancia, Juventud y Ley
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