Page 61 - infancia_juventud_y_ley-7
P. 61
Investigación empírica
Intervenciones con jovenes infractores
en el marco de una medida judicial
Marta Ferrer Puig
Manel CaPdevila CaPdevila
Centre d’estudis Juridics y de Formació Espetzializada (Generalitat de Catalunya)
“Las sanciones o medidas que se podrán imponer 1. lOS JÓveneS (inFraCtOreS)
a los infractores menores de edad,
así como la manera de aplicarlas, Los jóvenes que cometen infracciones penales, entre 14 y 18
se establecerán mediante disposiciones legales años de edad, son muy diversos, como diversos son sus contex-
y se basarán en los principios de integración social, tos sociofamiliares, sus problemáticas específicas, sus compe-
educación y prevención de la reincidencia.” tencias y potencialidades.
Esta realidad, tan obvia como compleja, conlleva que profe-
Reglas europeas para infractores menores de edad
sionales y científicos busquemos sistemas para ordenar los ni-
sometidos a sanciones o medidas. veles de intervención del sistema de justicia juvenil según los
Principios básicos niveles de necesidad de los destinatarios. En este sentido en-
contramos una clasificación habitual en la que se diferencian
3 grupos principales de jóvenes en función de la intensidad y
continuidad de su trayectoria delictiva: los jóvenes infractores
transitorios, los permanentes y los persistentes.
aBStraCt
El porcentaje de menores que cometen en algún momento
de su vida algún tipo de infracción penal es muy elevado y los
El objetivo de este artículo es ofrecer una reflexión en torno al estudios los sitúan en torno al 80%. Sin embargo, sólo cerca
trabajo con jóvenes infractores en el contexto de la ejecución
de un 5% de estos jóvenes se involucra en carreras delictivas
de una medida judicial, al tiempo que aportar algunos datos graves o persistentes (Martínez-Catena,y Redondo, 2013; Ca-
y sugerir posibles mejoras. Para ello, los autores sintetizan las pdevila, Ferrer y Luque, 2006).
cuestiones más relevantes que, a su juicio y a la luz de la lite-
ratura, convendría tener en cuenta para planificar y desarrollar Más de 2/3 partes de los jóvenes infractores son “transitorios”
el trabajo educativo con estos jóvenes, combinando la síntesis delinquen 1 sola vez o muy pocas veces y con infracciones le-
de ideas teórico-prácticas con la descripción de algunas in- ves sin que el sistema haga nada para que sea así (Sallybanks,
tervenciones que se desarrollan actualmente en Cataluña en 2003; Leblanc, 2000). Son los jóvenes con los cuales la litera-
el contexto de la justicia juvenil y que han sido evaluadas a tura nos sugiere no hacer absolutamente nada desde el siste-
través de investigaciones llevadas a cabo con la colaboración ma de justicia penal, o buscar alternativas extrajudiciales en el
del Centro de Estudios Jurídicos y Formación Especializada
marco, por ejemplo, de la justicia restaurativa.
(CEJFE), donde ambos trabajan.
En este artículo no nos ocuparemos, pues, de ellos sino de
En Cataluña, la justicia juvenil toma sus principios básicos de esa pequeña parte de jóvenes que tienen un comportamiento
intervención de la normativa que la regula a nivel internacio- infractor más o menos grave y permanente, y de una pequeñí-
nal, estatal y específicamente catalán. Estos principios, a pesar sima parte que lo mantendrán de manera persistente a lo largo
de que en este artículo se presupongan y no se expliciten, hay de un buen tramo de su vida.
que remarcar que constituyen el primer marco de referencia
para la intervención de los profesionales y de los mandos del Contextualizando con datos estas reflexiones, en Cataluña el
sistema de justicia juvenil. año 2015 pasaron por los servicios de justicia juvenil 5.564
jóvenes diferentes. Si nos fijamos en el número de causas abi-
Este texto se centrará, sin embargo, en señalar algunos aspec- ertas en sus expedientes, un 70,1% solo tenía una, y un 21,0%
tos más concretos que los autores entienden que guían o que dos. Los jóvenes que acumulaban 3 o más causas delictivas en
deberían guiar el trabajo con los jóvenes que ya han cometido sus expedientes suponían el 8,9% del total. Si nos fijamos en
un delito con la finalidad de obtener la máxima eficacia en las respuestas que ha les dado a todos ellos el sistema judicial
términos de su educación, reinserción social y evitación de la juvenil, el porcentaje de jóvenes cuya medida principal es una
reincidencia. medida en medio abierto es del 28,6%, mientras que los que
Infancia, Juventud y Ley 61

